PUBLICADO: octubre 30, 2025 | 2:43 pm

Nueva ley en Chiapas asegura aborto legal y atención psicológica gratuita para niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual

Nueva ley en Chiapas garantiza aborto legal, gratuito y atención psicológica a niñas y adolescentes víctimas de violación en menos de cinco días.
Nueva ley en Chiapas asegura aborto legal y atención psicológica gratuita para niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual

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El Congreso del Estado de Chiapas aprobó una ley que garantiza el acceso gratuito, seguro y oportuno a la interrupción legal del embarazo para niñas y adolescentes víctimas de violación. La norma establece que las instituciones del Sistema Estatal de Salud deberán realizar el procedimiento en un máximo de cinco días naturales desde la manifestación de la decisión libre e informada de la víctima, asegurando personal no objetor y acompañamiento psicológico inmediato. Con esta medida, Chiapas avanza hacia un modelo de atención integral con enfoque de derechos humanos, equidad de género y protección de la infancia.

Marco legal con enfoque de derechos y salud pública

La Ley de Interrupción Legal del Embarazo de Niñas y Adolescentes representa un hito legislativo en la protección de los derechos sexuales y reproductivos en Chiapas. El Congreso local aprobó el dictamen con amplia mayoría, estableciendo un marco jurídico que garantiza a las víctimas de violencia sexual el derecho a una atención médica inmediata, sin criminalización ni discriminación.

El articulado incorpora principios fundamentales como el interés superior de la niñez, la dignidad humana, la igualdad de oportunidades y la no discriminación, en consonancia con la Constitución mexicana, la Constitución de Chiapas y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado mexicano.

La ley define conceptos clave para su aplicación:

  • Aborto: Interrupción del embarazo después de la semana 12 de gestación.
  • Aborto médico: Terminación del embarazo realizada por personal médico y de enfermería conforme al Código Penal estatal.
  • Niña: Persona menor de 12 años.
  • Adolescente: Persona de entre 12 y 17 años.
  • Violación: Conducta tipificada en los artículos 233 y 234 del Código Penal de Chiapas.

Atención médica gratuita y sin demoras

Uno de los puntos centrales de la norma es el plazo máximo de cinco días naturales para que las instituciones públicas de salud realicen el procedimiento desde que la víctima expresa su decisión. Esta disposición busca eliminar los retrasos y obstáculos administrativos que históricamente han limitado el acceso a la atención médica en casos de violencia sexual.

El servicio deberá ser gratuito, seguro, confidencial y de calidad, garantizando un trato digno y respetuoso. Las instituciones del Sistema Estatal de Salud están obligadas a contar con personal capacitado en perspectiva de género, protocolos médicos actualizados y mecanismos de referencia y contrarreferencia entre hospitales y unidades de primer nivel.

La Secretaría de Salud de Chiapas deberá emitir el Reglamento de la Ley dentro de los 180 días hábiles posteriores a su entrada en vigor, con el fin de estandarizar los procedimientos clínicos y asegurar su cumplimiento operativo en todo el territorio estatal.

Regulación de la objeción de conciencia y obligación institucional de garantizar el servicio

El artículo 8 de la ley reconoce el derecho del personal médico y de enfermería a ejercer objeción de conciencia, siempre que ésta se notifique por escrito y no impida la atención inmediata a la paciente. En caso de objeción, el profesional deberá remitir de forma inmediata y documentada a otro trabajador de salud no objetor.

Esta regulación busca equilibrar la libertad de conciencia del personal sanitario con el deber institucional de garantizar el servicio. Las autoridades de salud deberán mantener un registro de personal no objetor en cada unidad médica, asegurando disponibilidad las 24 horas y cobertura en todas las regiones del estado, incluidas las zonas rurales e indígenas.

Atención psicológica inmediata y acompañamiento integral

El artículo 9 dispone que las niñas y adolescentes que accedan al procedimiento recibirán atención psicológica inmediata y especializada a través de los Centros Libres de Violencia, adscritos a la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género. Estos espacios deberán contar con equipos interdisciplinarios que brinden acompañamiento emocional, intervención en crisis y seguimiento terapéutico.

Esta medida se alinea con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que destaca la necesidad de un abordaje integral en casos de violencia sexual, combinando atención médica, psicológica y social. Según la OMS, las adolescentes menores de 16 años presentan un riesgo de muerte materna cuatro veces superior al de las mujeres adultas, lo que refuerza la importancia de intervenciones seguras, oportunas y basadas en evidencia científica.

Desafíos operativos y fortalecimiento del sistema de salud

Chiapas mantiene una de las tasas más altas de embarazo adolescente en México, con cerca de 77 nacimientos por cada mil mujeres de entre 15 y 19 años, según el Consejo Nacional de Población (CONAPO). Esta cifra evidencia la urgencia de fortalecer la infraestructura sanitaria y la formación del personal para garantizar el cumplimiento de la nueva ley.

El reto principal será la disponibilidad de servicios especializados en municipios rurales y comunidades indígenas, donde las brechas de acceso a la salud siguen siendo amplias. Para asegurar la aplicación efectiva de la ley, será necesario reforzar la coordinación entre la Secretaría de Salud, la Fiscalía General del Estado, el DIF, y el sector educativo, estableciendo rutas de atención interinstitucional y mecanismos de denuncia seguros y confidenciales.

Chiapas implementará un nuevo modelo de atención médica y legal para víctimas de violencia sexual

La entrada en vigor de la Ley de Interrupción Legal del Embarazo para Niñas y Adolescentes transformará el modelo de atención en salud reproductiva en Chiapas. El nuevo marco legal obliga a las instituciones a garantizar atención médica, psicológica y jurídica sin barreras ni demoras, bajo supervisión directa del sistema estatal de salud.

Este avance coloca a Chiapas entre las entidades con legislación más moderna en materia de derechos reproductivos, reforzando la obligación del Estado de proteger la salud y la dignidad de las víctimas de violencia sexual. La aplicación de la norma demandará coordinación efectiva, presupuesto suficiente y vigilancia permanente para que el acceso al aborto legal sea una garantía real y no solo una disposición normativa.

Con su promulgación, Chiapas da un paso trascendental hacia la consolidación de un modelo sanitario de respuesta inmediata para niñas y adolescentes, fortaleciendo su compromiso con la equidad, la justicia y la protección integral de la infancia.

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