PUBLICADO: junio 17, 2026 | 3:11 pm

Colusión en radiografías del IMSS deja multa de 59.6 mdp

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La Comisión Nacional Antimonopolio impuso multas por 59.6 millones de pesos a cuatro empresas y seis personas físicas por colusión en licitaciones públicas de material para radiografías del IMSS, en conductas ejecutadas de forma continuada entre octubre de 2010 y diciembre de 2016.
CNA multa colusión en licitaciones de radiografías del IMSS

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La Comisión Nacional Antimonopolio —CNA— sancionó con 59.6 millones de pesos a cuatro empresas y seis personas físicas por coludirse en licitaciones públicas para la adquisición de material para radiografías del Instituto Mexicano del Seguro Social —IMSS—. De acuerdo con la resolución del Pleno de la Comisión, los agentes económicos involucrados intercambiaron información comercial sensible y coordinaron estrategias para la presentación de propuestas, con lo que simularon competir entre sí y afectaron la asignación de contratos.

La escala del mercado afectado permite dimensionar por qué el caso importa para el sistema de salud. Entre 2024 y 2025 el IMSS y el ISSSTE realizaron más de 20 millones de estudios de radiodiagnóstico en beneficio de cerca de 15 millones de personas. Esa magnitud actual ilustra el peso del insumo en la prestación de servicios diagnósticos, aunque debe leerse como una referencia sobre la importancia del mercado hoy y no como una medición del daño ocurrido en el periodo investigado, que corresponde a años anteriores.

La resolución tiene carácter administrativo. Por tanto, las empresas y personas físicas sancionadas conservan el derecho de interponer los medios de defensa correspondientes ante tribunales especializados en competencia económica. Esta precisión es relevante porque la determinación proviene de la autoridad administrativa y aún podría ser objeto de revisión judicial, de modo que la sanción no constituye todavía una decisión firme.

Quiénes son las empresas y cómo se identificaron

El Pleno de la CNA no divulgó los nombres de las sancionadas en su comunicado y anticipó que la versión pública de la resolución se publicará posteriormente. La cobertura del caso identificó a Juama y Eseotres como las empresas investigadas, junto con SMC Soluciones Médicas Comercial y SME Soluciones Médicas Exportación en calidad de coadyuvantes. La autoridad también sancionó a seis personas físicas vinculadas con las conductas, entre directivos y representantes de las compañías señaladas, sin que se hayan hecho públicos sus nombres.

La investigación, iniciada en 2023 bajo la extinta Comisión Federal de Competencia Económica —COFECE—, organismo sustituido después por la propia CNA, concluyó que los sancionados incurrieron en prácticas monopólicas absolutas. Bajo la legislación de competencia, estas conductas comprenden acuerdos entre competidores para manipular precios, restringir la oferta, segmentar mercados o coordinar posturas en licitaciones públicas, y se consideran las más graves porque no admiten una defensa basada en eficiencias.

En este caso la autoridad determinó que los participantes coordinaron sus propuestas en procesos de compra de material para radiografías, un insumo de servicios diagnósticos de alta demanda cuya disponibilidad y precio inciden en la operación hospitalaria y en el uso de recursos públicos.

Cómo operó la colusión en las compras públicas

De acuerdo con la autoridad, las empresas y personas físicas sancionadas intercambiaron información comercial sensible y coordinaron estrategias para participar en licitaciones públicas durante un periodo continuado de poco más de seis años, entre octubre de 2010 y diciembre de 2016. Esa duración sostenida les habría permitido simular competencia entre sí y orientar la asignación de contratos de manera artificial a lo largo de múltiples procesos de compra.

La colusión en compras públicas erosiona uno de los principios centrales de la contratación estatal, que es la competencia efectiva entre proveedores. Cuando los agentes económicos coordinan sus propuestas, las instituciones compradoras pueden enfrentar precios distorsionados, menor presión competitiva y una reducción en las opciones reales de adjudicación.

En mercados sanitarios el riesgo adquiere una dimensión adicional. Los insumos médicos son componentes necesarios para sostener servicios clínicos, con un peso distinto al de cualquier bien administrativo ordinario. Por ello las distorsiones en la contratación pueden incidir en la planeación financiera, en la disponibilidad de insumos y en la capacidad de las instituciones para destinar recursos a otras necesidades asistenciales.

Por qué el material para radiografías es un mercado sensible en salud

La autoridad describió el material para radiografías como un insumo esencial para el diagnóstico temprano de múltiples condiciones clínicas, entre ellas fracturas, enfermedades respiratorias y detección de cáncer. Su uso cotidiano en hospitales públicos lo convierte en un componente crítico de la prestación de servicios diagnósticos, con mayor peso aún en regiones donde los servicios especializados son escasos.

La colusión en compras públicas puede generar sobrecostos y reducir la eficiencia del gasto, sobre todo cuando ocurre en mercados de insumos clínicos de uso masivo. Con la información disponible, sin embargo, no es posible establecer el monto específico del daño económico ni asumir que la multa equivale al total de la afectación presupuestal. La sanción refleja la determinación de la autoridad en materia de competencia y no una medición completa del impacto financiero para las instituciones.

La postura del IMSS frente a la resolución

En su pronunciamiento, el IMSS refrendó su compromiso con procesos de contratación más abiertos, transparentes y competitivos, así como con el uso eficiente de los recursos públicos destinados a la atención de la población derechohabiente. El Instituto sostuvo que la resolución confirma irregularidades y problemas de concentración registrados en administraciones previas.

Según el IMSS, estos problemas habían sido señalados por los gobiernos de la Cuarta Transformación desde 2019, primero bajo el expresidente Andrés Manuel López Obrador y después bajo la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, cuya administración afirma haber fortalecido la vigilancia sobre las compras públicas. Esta lectura corresponde a la postura institucional del Instituto. Demostrar una mejora estructural en los procesos actuales exigiría indicadores comparables sobre número de oferentes, concentración de contratos, precios adjudicados, participación de proveedores y resultados de los nuevos mecanismos de vigilancia.

Qué implica el caso para las compras públicas de salud en México

El caso ilustra el papel de la competencia económica en la sostenibilidad de los sistemas públicos de salud. En mercados de insumos médicos, medicamentos, dispositivos y tecnologías diagnósticas, la coordinación indebida entre proveedores puede limitar la competencia efectiva, elevar precios y afectar la asignación del presupuesto. Para instituciones como el IMSS y el ISSSTE, que concentran altos volúmenes de compra y atención, la vigilancia de la contratación requiere herramientas técnicas permanentes como el análisis de patrones de adjudicación, la revisión de la concentración de proveedores, la trazabilidad de precios y la detección de posturas coordinadas en mercados con pocos oferentes.

La resolución de la CNA puede servir como precedente para reforzar los mecanismos de prevención y sanción en compras sanitarias, más allá del caso específico del material para radiografías. Mientras los sancionados conserven la opción de acudir a sede judicial, el valor del pronunciamiento reside en señalar que la transparencia en licitaciones, la vigilancia de proveedores y la competencia efectiva son componentes de la gobernanza sanitaria con implicaciones operativas concretas.

Consultorsalud continuará dando seguimiento a las decisiones de competencia, transparencia y eficiencia del gasto que inciden en las compras públicas de salud en México y Colombia. Suscríbete a nuestro boletín para recibir el análisis dirigido a los directivos del sector.

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