PUBLICADO: junio 1, 2026 | 3:56 pm

México concentra en BIRMEX la compra y distribución de medicamentos: así cambia el abasto público en salud

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México faculta a BIRMEX para operar compra, abasto y distribución de medicamentos

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La Presidencia de México modificó el esquema de compra consolidada de medicamentos para que BIRMEX pueda asumir un papel más amplio en la contratación, administración y operación del abasto público. El Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2026 busca que exista una sola relación contractual del sector salud con la industria farmacéutica y laboratorios, con el objetivo de simplificar la ejecución de la compra, asegurar el abasto oportuno y obtener mejores condiciones para el Estado.

La medida fue emitida por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y modifica el acuerdo publicado el 22 de diciembre de 2023, así como su reforma del 29 de octubre de 2024. El nuevo esquema aplica a la Secretaría de Salud, BIRMEX, IMSS, ISSSTE, IMSS-BIENESTAR, Institutos Nacionales de Salud, Hospitales Federales de Referencia y otras instituciones públicas que se integren previa consideración de la SISCoSAM.

El punto más relevante del Acuerdo está en su justificación normativa: el Gobierno federal plantea que BIRMEX pueda otorgar un servicio integrado de suministro, almacenamiento, abastecimiento y distribución de medicamentos, material de curación e insumos para la salud, de manera que el sector salud concentre en una sola relación contractual su vínculo con la industria farmacéutica y laboratorios. La finalidad expresa es simplificar los procedimientos administrativos relacionados con la ejecución de la compra, asegurar el abasto oportuno y buscar mejores condiciones para el Estado.

BIRMEX tendrá un papel más amplio en la compra consolidada de medicamentos

El cambio principal es que BIRMEX no solo participará como área consolidadora para la compra de medicamentos, material de curación e insumos para la salud. También podrá operar un servicio integrado que incluya suministro, almacenamiento, abastecimiento y distribución.

Esto significa que BIRMEX podrá intervenir en más etapas del proceso: desde la contratación hasta la entrega de los bienes, cuando las instituciones públicas lo soliciten y se firmen los convenios correspondientes. El Acuerdo busca ordenar la relación entre las instituciones de salud y los proveedores, bajo un esquema de compra consolidada.

La norma también precisa que BIRMEX podrá ser, en su caso, firmante y administrador único de los contratos con proveedores adjudicados. En esa función deberá verificar el cumplimiento de obligaciones, aplicar deducciones y penas convencionales, solicitar suspensión, rescisión o terminación anticipada de contratos, gestionar gastos no recuperables cuando procedan y atender restituciones por pagos en exceso.

Secretaría de Salud coordinará la planeación de necesidades

La Secretaría de Salud, por conducto de la Subsecretaría de Integración Sectorial y Coordinación de Servicios de Atención Médica —SISCoSAM, tendrá a su cargo la planeación de la contratación consolidada y el diagnóstico de necesidades.

Su tarea será reunir la información de las instituciones públicas participantes, revisar sus requerimientos y consolidar la demanda de medicamentos, material de curación e insumos. Después, deberá enviar esa demanda consolidada a BIRMEX para que se realicen los procedimientos de contratación.

La SISCoSAM también deberá implementar herramientas tecnológicas para dar seguimiento al abasto. Esta parte es relevante porque el Acuerdo no solo regula la compra, sino también el control del proceso de suministro dentro de las instituciones públicas de salud.

Instituciones públicas deberán reportar sus demandas y usar herramientas tecnológicas

El IMSS, ISSSTE, IMSS-BIENESTAR, Institutos Nacionales de Salud, Hospitales Federales de Referencia y las demás instituciones que participen deberán entregar a SISCoSAM la información sobre sus necesidades de medicamentos, material de curación e insumos para la salud.

También deberán colaborar con BIRMEX y SISCoSAM para definir cómo se recibirán los bienes en almacenes y cuáles serán los criterios documentales de aceptación. Esto busca homologar procesos que suelen ser críticos en la operación diaria del abasto público.

Otra obligación expresa es el uso de las herramientas tecnológicas que pongan a disposición SISCoSAM y BIRMEX en cualquier fase del proceso de abasto. Además, cuando una institución requiera el servicio integrado de BIRMEX, deberá firmar el convenio de colaboración correspondiente y aportar los recursos necesarios mediante el mecanismo financiero previsto.

Equipo médico de alta tecnología tendrá una ruta diferente

El Acuerdo separa el tratamiento del equipo médico de alta tecnología. Este componente no queda dentro del esquema de contratación consolidada asignado a BIRMEX para medicamentos e insumos.

En este caso, la Secretaría de Salud, a través de SISCoSAM, actuará como área consolidadora. Las instituciones participantes deberán colaborar en la integración de sus necesidades y entregar sus demandas de equipo médico de alta tecnología.

Para definir el alcance de esta compra consolidada, la Secretaría de Salud y las instituciones participantes deberán firmar el acuerdo de consolidación correspondiente. Con ello, el Acuerdo diferencia claramente dos rutas: una para medicamentos e insumos, con BIRMEX como actor operativo central, y otra para equipo médico de alta tecnología, bajo conducción directa de SISCoSAM.

Acuerdo entra en vigor de inmediato y da 30 días hábiles a BIRMEX

El Acuerdo entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 29 de mayo de 2026.

Los procedimientos de contratación consolidada que ya hubieran iniciado antes de esa fecha deberán continuar y concluir conforme a la normativa vigente al momento de su inicio. Esta disposición evita que los procesos en curso cambien de reglas a mitad de camino.

BIRMEX tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles, contados desde la entrada en vigor del Acuerdo, para modificar los Lineamientos para los procedimientos de contratación consolidada y/o distribución de medicamentos, material de curación e insumos para la salud, publicados el 15 de noviembre de 2024. Esa modificación deberá contar previamente con opinión favorable de SISCoSAM.

En materia presupuestaria, el Acuerdo establece que las erogaciones deberán cubrirse con el presupuesto aprobado a los ejecutores de gasto correspondientes. También precisa que no se autorizarán recursos adicionales.

También operará un sistema para casos de excepción

El Acuerdo mantiene la operación del Sistema de Compensación para Casos de Excepción. BIRMEX deberá operarlo en coordinación con SISCoSAM y con participación de las instituciones públicas integradas.

Este sistema aplicará para medicamentos, material de curación e insumos para la salud entre las instituciones participantes, conforme a los lineamientos emitidos por BIRMEX, los sistemas de abasto institucionales y los instrumentos jurídicos que sean necesarios.

El Acuerdo presidencial reorganiza la compra, contratación y operación del abasto público de medicamentos e insumos en México. La principal novedad es que BIRMEX podrá asumir un papel más amplio: contratar, administrar contratos y prestar servicios integrados de suministro, almacenamiento, abastecimiento y distribución.

Para las instituciones públicas de salud, el cambio implica reportar sus necesidades a SISCoSAM, participar en la consolidación de la demanda, usar herramientas tecnológicas y formalizar convenios cuando requieran el servicio integrado de BIRMEX. Para el sistema público, la medida establece una cadena de responsabilidades más definida entre planeación, contratación y distribución.

Descargue aquí el acuerdo firmado por presidencia

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