La Secretaría de Salud de México publicó en el Diario Oficial de la Federación las reglas que organizarán el trabajo de los Comités Interinstitucionales Especializados para la operación del Servicio Universal de Salud (SUS). La disposición fue publicada el 20 de julio de 2026 y entró en vigor al día siguiente.
El documento distribuye las responsabilidades operativas, técnicas, financieras, digitales, jurídicas y de evaluación entre siete comités. También establece las funciones de un Grupo Estratégico y Coordinador, encabezado por la Secretaría de Salud, que deberá coordinar estas instancias y revisar y, en su caso, aprobar sus propuestas.
Las reglas definen la estructura encargada de desarrollar los mecanismos necesarios para el funcionamiento del SUS. Sin embargo, no contienen todavía valores tarifarios, un catálogo de servicios, procedimientos detallados de compensación ni lineamientos específicos para que las personas usuarias accedan a los servicios de otras instituciones.
¿Qué establecen las reglas del Servicio Universal de Salud?
Las nuevas disposiciones regulan la integración, organización y funcionamiento de los comités encargados de proponer, acordar y dar seguimiento a las estrategias, acciones y mecanismos del Servicio Universal de Salud.
Estas instancias estarán presididas por la Secretaría de Salud, mediante las personas servidoras públicas que designe su titular. También contarán con una Secretaría Técnica rotativa y anual entre el IMSS, IMSS-Bienestar, ISSSTE, la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (CCINSHAE) y Petróleos Mexicanos.
Cada comité se integrará además con una persona designada por la Subsecretaría de Integración Sectorial y Coordinación de Servicios de Atención Médica y un representante de cada institución participante.
Siete comités organizarán los componentes del SUS
| Comité | Funciones establecidas en el DOF |
|---|---|
| Operativo | Coordinar el acceso, referencia, contrarreferencia y navegación de usuarios; homologar procesos y dar seguimiento a la credencialización. |
| Técnico | Revisar criterios de acceso y coordinar análisis de brechas de servicios, infraestructura, personal, equipamiento y capacidad instalada. |
| Financiero-Presupuestario | Proponer tarifas únicas, revisar el catálogo tarifario y formular propuestas sobre compensación, conciliación y pagos. |
| Calidad de la Atención | Analizar desempeño, resultados en salud, seguridad del paciente y experiencia de las personas usuarias. |
| Transformación Digital | Impulsar conectividad, interoperabilidad, gobernanza de datos, ciberseguridad y expediente clínico electrónico. |
| Evaluación | Analizar cobertura, calidad, productividad, eficiencia y aprovechamiento de la capacidad instalada. |
| Legal | Proponer las adecuaciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para la operación del SUS. |
El Comité Operativo deberá coordinar y dar seguimiento a la implementación de las reglas y mecanismos de acceso, referencia, contrarreferencia y navegación dentro de la Red Integrada de Servicios del SUS. También deberá promover la estandarización de los procesos operativos y monitorear la credencialización de las personas usuarias.
Por su parte, el Comité Técnico coordinará la realización de análisis sobre las brechas entre la oferta y la demanda. Estos ejercicios deberán considerar los servicios de salud, infraestructura, recursos humanos, equipamiento y capacidad instalada, con el propósito de sustentar la planeación sectorial y la toma de decisiones.
Tarifas únicas y compensación financiera
Uno de los componentes centrales de las reglas es la creación del Comité Financiero-Presupuestario. Esta instancia deberá proponer la metodología para estimar y determinar las tarifas únicas que serán aplicables en la Red Integrada de Servicios del SUS.
También tendrá la función de revisar periódicamente las tarifas y el catálogo tarifario, así como proponer las actualizaciones necesarias de acuerdo con las condiciones operativas, financieras y de sostenibilidad del sistema.
Entre sus responsabilidades se encuentran:
- Analizar y formular propuestas para la operación de la cámara de compensación.
- Proponer mecanismos de conciliación, validación, pago y seguimiento financiero.
- Evaluar la sostenibilidad y las necesidades de financiamiento del SUS.
- Analizar los mecanismos de asignación y flujo de recursos.
- Promover la transparencia y oportunidad de los procesos financieros.
- Participar en el diseño y evaluación de los modelos técnicos requeridos.
El DOF no aprueba valores concretos ni determina cómo funcionará la cámara de compensación. Tampoco fija los plazos de validación, conciliación o pago. Las reglas únicamente asignan al comité la responsabilidad de analizar y formular estas propuestas.
Interoperabilidad y expediente clínico electrónico
El Comité de Transformación Digital deberá fortalecer la coordinación entre instituciones en materia de conectividad, digitalización e interoperabilidad de los sistemas de información en salud.
También dará seguimiento a la implementación y fortalecimiento del expediente clínico electrónico y de las demás herramientas de salud digital. Para ello, deberá identificar brechas y riesgos relacionados con infraestructura tecnológica, conectividad, interoperabilidad, gobernanza de datos y ciberseguridad.
La disposición no señala que el expediente clínico electrónico ya funcione de manera interoperable entre todas las instituciones. Su alcance consiste en establecer las funciones que deberá cumplir el comité para impulsar y supervisar este proceso.
Calidad, evaluación y tiempos quirúrgicos
El Comité de Calidad de la Atención analizará indicadores sobre desempeño, resultados en salud y experiencia de las personas usuarias. Asimismo, identificará riesgos, brechas y oportunidades de mejora en la prestación de servicios.
El Comité de Evaluación, por su parte, dará seguimiento a la información sobre cobertura, calidad, eficiencia técnica, productividad y aprovechamiento de la capacidad instalada.
El Grupo Estratégico y Coordinador deberá vigilar el cumplimiento de los tiempos establecidos para la atención quirúrgica según el tipo de cirugía. No obstante, las reglas no determinan cuáles serán esos tiempos ni los indicadores utilizados para medirlos.
¿Quién coordinará las decisiones del SUS?
El Grupo Estratégico y Coordinador estará integrado por las personas titulares de la Secretaría de Salud, IMSS, ISSSTE, la Subdirección de Servicios Médicos de Pemex, IMSS-Bienestar y la CCINSHAE.
Este grupo revisará y, en su caso, aprobará las estrategias y lineamientos propuestos por los comités. También deberá proponer, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los instrumentos para la compensación presupuestaria y financiera entre instituciones.
Los comités sesionarán de manera ordinaria por lo menos cuatro veces al año. Sus resoluciones serán aprobadas por mayoría de votos y la Presidencia tendrá voto de calidad en caso de empate.
Con la entrada en vigor de las reglas quedó definida la estructura institucional que deberá desarrollar varios de los componentes operativos del Servicio Universal de Salud. Los siguientes avances dependerán de las propuestas, lineamientos, metodologías, tarifas, instrumentos financieros y estándares digitales que se formulen y aprueben posteriormente.
