PUBLICADO: julio 27, 2026 | 9:04 am

Consultorios SUS: comité de atención primaria propondrá su modelo de atención en México

Compartir noticia:

Consultorios SUS comité de atención primaria propondrá su modelo de atención en México

Escucha esta noticia:

Cargando audio...

La Secretaría de Salud de México amplió las funciones de uno de los comités del Servicio Universal de Salud (SUS) para incorporar el diseño de los Consultorios SUS. La instancia deberá proponer el modelo bajo el cual se prestarían las consultas de atención primaria y elaborar documentos técnicos que faciliten su implementación, sin que la disposición defina todavía las características operativas de estos espacios.

El ajuste fue formalizado mediante un acuerdo publicado el 24 de julio de 2026 en el Diario Oficial de la Federación. El documento modifica los artículos 5 y 10 de las reglas expedidas cuatro días antes, pero conserva la estructura general de siete comités encargados de desarrollar los componentes operativos, técnicos, financieros, digitales, jurídicos y de evaluación del SUS.

Comité de calidad incorpora el modelo de atención primaria

La primera modificación cambia la denominación del Comité de Calidad de la Atención, que pasa a llamarse Comité de Calidad y Modelo de Atención Primaria en Salud. Esto no implica la creación de un octavo comité, sino la ampliación de las responsabilidades de una de las instancias descritas en la noticia publicada por CONSULTORSALUD el 21 de julio.

El nuevo artículo 10 encarga al comité proponer el diseño del Modelo de Atención de los Consultorios SUS que otorgarán las consultas de atención primaria previstas en el decreto de creación del servicio universal. También deberá elaborar o promover documentos técnicos que faciliten su implementación.

Las funciones relacionadas con la calidad se mantienen. El comité continuará promoviendo la coordinación técnica entre las instituciones para fortalecer la seguridad del paciente y la mejora continua. Asimismo, analizará información sobre desempeño, resultados en salud y experiencia de las personas usuarias, con el propósito de identificar riesgos, brechas y oportunidades de mejora.

El acuerdo también le atribuye la formulación de recomendaciones para homologar la prestación de servicios, impulsar el intercambio de buenas prácticas y dar seguimiento a las estrategias de calidad aplicadas en las Redes Integradas de Servicios de Salud.

La Secretaría de Salud señaló en los considerandos que las modificaciones fueron aprobadas durante la primera sesión extraordinaria del Grupo Estratégico y Coordinador, celebrada el 21 de julio de 2026. El apartado transitorio dispone que los cambios surtirán efectos desde el día de su aprobación por ese grupo.

Consultas de atención primaria forman parte de la primera etapa

Los Consultorios SUS estarán vinculados con las consultas de atención primaria previstas en el decreto que creó el Servicio Universal de Salud, publicado el 17 de abril de 2026.

El transitorio tercero de ese decreto establece que la primera etapa del intercambio de servicios comenzará el 1 de enero de 2027. Entre las prestaciones priorizadas se encuentran las consultas de atención primaria, definidas como la atención preventiva y de padecimientos leves o agudos en las unidades médicas más cercanas a la ubicación de la persona, incluida la prescripción de medicamentos.

La fecha corresponde al inicio previsto de esa primera etapa del intercambio interinstitucional. La modificación publicada el 24 de julio no establece expresamente una fecha para la apertura de los Consultorios SUS ni señala si estos funcionarán en instalaciones nuevas o dentro de unidades médicas existentes.

La disposición tampoco identifica las instituciones o establecimientos que ofrecerán inicialmente estas consultas. La participación deberá articularse con el modelo que proponga el comité y con los lineamientos generales de acceso y operación que se expidan para el SUS.

Seguridad del paciente en el intercambio de servicios

Otra de las nuevas responsabilidades del comité será proponer acciones específicas derivadas del intercambio de servicios entre instituciones públicas. Estas acciones deberán incorporarse a los mecanismos de coordinación interinstitucional y apegarse a buenas prácticas que garanticen la seguridad del paciente y el cumplimiento de estándares de calidad.

El intercambio de servicios es uno de los componentes centrales del SUS. El decreto de abril contempla que una persona pueda recibir determinadas prestaciones en una institución diferente de aquella a la que se encuentra adscrita, de acuerdo con el padecimiento, la accesibilidad geográfica o una urgencia médica.

Su desarrollo será progresivo y deberá considerar la capacidad instalada, financiera y presupuestaria de cada institución, además de factores como la especialidad requerida, la regionalización, la reciprocidad y la seguridad del paciente. Por esa razón, la modificación de las funciones del comité no equivale por sí sola a una autorización general e inmediata para recibir cualquier servicio en cualquier establecimiento público.

Aspectos operativos que continúan pendientes

El acuerdo no establece el número ni la ubicación de los Consultorios SUS. Tampoco regula sus horarios, infraestructura, recursos humanos, equipamiento, capacidad resolutiva o disponibilidad de medicamentos.

Aún deberán definirse las rutas de acceso, los criterios de referencia hacia otros niveles de atención, los procesos para registrar las consultas y la manera en que se coordinarán las instituciones participantes. También permanece pendiente conocer cómo se incorporará este componente al esquema de tarifas, conciliación y compensación financiera previsto para el intercambio de servicios.

Estas definiciones dependerán de las propuestas que formule el comité, de los documentos técnicos correspondientes y de las decisiones que posteriormente adopte el Grupo Estratégico y Coordinador. Las reglas de julio establecen que este grupo deberá revisar y, en su caso, aprobar las estrategias y lineamientos elaborados por los comités especializados.

DOF corrige la denominación de una dependencia de Pemex

Junto con el acuerdo modificatorio, la Secretaría de Salud publicó una nota aclaratoria sobre la representación de Pemex en el Grupo Estratégico y Coordinador.

La corrección sustituye la denominación “Subdirección de Servicios Médicos de PEMEX” por “Subdirección de Servicios de Salud de PEMEX” en el artículo 23, fracción IV, de las reglas publicadas el 20 de julio.

Se trata de una precisión en el nombre del área representada. La nota aclaratoria no elimina la participación de Pemex, no incorpora una institución adicional ni modifica las funciones generales del Grupo Estratégico y Coordinador.

Con las modificaciones, la atención primaria adquiere un espacio específico dentro de la estructura encargada de desarrollar el Servicio Universal de Salud. El avance normativo consiste en asignar la formulación del modelo de los Consultorios SUS a un comité determinado; su operación dependerá de las definiciones técnicas, asistenciales, administrativas y financieras que se adopten posteriormente.

Compartir noticia:

Publicado por:

Temas relacionados:

RELACIONADAS

Otras noticias para ti

¡Gracias por suscribirse!
Prepárate para recibir contenido exclusivo, promociones y las mejores novedades directamente en tu correo. ¡Nos encanta tenerte aquí!

¡Suscríbete gratis y recibe contenido exclusivo a tu correo electrónico!